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Si eres hombre, percibes una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y has tenido hijos, la Seguridad Social podría estar pagándote menos de lo que legalmente te corresponde.
Tras sucesivas sentencias del TJUE y la doctrina del TS los tribunales han dejado claro que la Seguridad Social no puede discriminar a los padres varones.
Sin embargo, el importe a reclamar y los requisitos exigidos varían sustancialmente según la fecha en que causaste tu pensión. A continuación, desglosamos ambos escenarios para que sepas exactamente qué puedes exigir.
Se añade un incremento porcentual vitalicio sobre la cuantía mensual íntegra de tu pensión (en 14 pagas):
Atrasos e indemnización adicional de 1.800 €
El 4 de febrero de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 3/2021, que modificó el artículo 60 de la LGSS.
La exigencia a los hombres y el pronunciamiento del TJUE
La ley redactada en 2021 pretendió limitar el cobro a los hombres exigiéndoles acreditar una interrupción o merma en su carrera de cotización tras el nacimiento o adopción (como lagunas de cotización o una caída de más del 15% en sus bases).
Sin embargo, el TJUE (Sentencia de 15 de mayo de 2025, asuntos C-623/23 y C-626/23) dictaminó que supeditar el complemento de los padres varones a demostrar un perjuicio profesional —mientras a las mujeres se les concede automáticamente por el mero hecho de tener hijos— vuelve a constituir una discriminación directa por razón de sexo contraria a la Directiva 79/7/CEE.
Por tanto, los hombres jubilados a partir de febrero de 2021 también disponen de base jurídica firme para solicitar su reconocimiento e instar su cobro judicial si el INSS deniega la prestación.
Para evaluar la viabilidad de la reclamación y calcular con exactitud la liquidación de atrasos, únicamente necesitamos:
¿El INSS concede el complemento de forma voluntaria si lo pido?
En la mayoría de los casos, la Seguridad Social desestima la solicitud inicial amparándose en su criterio administrativo interno o no contesta (silencio administrativo), haciendo necesario interponer la reclamación previa y la correspondiente demanda ante el Juzgado de lo Social.
¿Puedo perder mi pensión actual si reclamo?
No. El importe reconocido de tu pensión es un derecho consolidado que no se ve alterado. El procedimiento únicamente busca sumar el complemento económico y cobrar las diferencias retroactivas que no te fueron abonadas.
¿Quieres saber exactamente cuánto te corresponde cobrar?
En nuestro despacho revisamos tu caso y calculamos la liquidación de atrasos sin compromiso. Gestionamos todo el proceso frente al INSS y ante la jurisdicción social para que recuperes lo que por ley te pertenece, siendo nuestros honorarios a éxito un porcentaje del 20% sobre la cantidad que se retorne.
¿Eres padre y percibes una pensión contributiva?
Podrías tener derecho a un complemento en tu pensión de
jubilación, incapacidad permanente o viudedad
y a reclamar los atrasos que te correspondan.
En RMB Abogados revisamos tu caso sin compromiso,
calculamos la cantidad que puedes reclamar y gestionamos
el procedimiento ante la Seguridad Social y los tribunales.
Solicitar revisión de mi pensión
Honorarios a éxito: 20 % sobre la cantidad recuperada.